Mi Responsabilidad Administrando Bases de datos


                            Mi Responsabilidad Administrando Bases de datos 


1. Consulte sobre la Ley del Habeas Data.

El derecho al habeas data es aquel que tiene toda persona de conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recogido sobre ella en archivos y bancos de datos de naturaleza pública o privada.

 

La actual regulación sobre hábeas data se refiere a toda la administración de los datos personales

No. La regulación actual sobre hábeas data, Ley 1266 de 2008, constituye una regulación parcial de este derecho, concentrada en las reglas para la administración de datos personales de carácter financiero, comercial, de servicios y proveniente de terceros países, destinada al cálculo del riesgo crediticio.

En ese sentido la recopilación, tratamiento y circulación de datos en materia de seguridad social, asuntos tributarios, la realizada por las instituciones de inteligencia y seguridad del Estado, el registro mercantil, etc., están amparadas por el artículo 15 de la Constitución y desarrolladas por la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

Titular de la información

El titular de la información es la persona natural o jurídica a quien se refiere la información que reposa en un banco de datos. Ejemplo: Un usuario que celebró el contrato de prestación de servicio de comunicaciones.

Fuente de información

La fuente de información es la persona, entidad u organización que recibe o conoce datos personales de los titulares de la información, en virtud de una relación comercial o de servicio o de cualquier otra índole y que, en razón de autorización legal o del titular, suministra esos datos a un operador de información, el que a su vez los entregará al usuario final. Ejemplo: El proveedor de servicios de comunicaciones.

Principio de finalidad

El principio de finalidad, obliga a que las actividades de recolección de datos personales obedezcan a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la ley. Con fundamento en este principio la finalidad debe ser comunicada al titular de la información previa o concomitante con el otorgamiento del titular de la autorización, cuando ella sea necesaria o, en general, siempre que el titular solicite información al respecto.

Principio de circulación restringida

El principio de circulación restringida consiste en que a menos que la información sea pública, los datos personales no podrán ser accesibles por Internet o por otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que dicho acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los titulares o a los usuarios autorizados para ello.

Principio de interpretación integral de derechos constitucionales

La interpretación integral de derechos constitucionales, consiste en que la normas que rigen los datos personales se interpretarán en el sentido que se amparen otros derechos constitucionales, como son el hábeas data, el derecho al buen nombre, el derecho a la honra, el derecho a la intimidad y el derecho a la información. Asimismo, se refiere a que los derechos de los titulares se interpretarán en armonía con el derecho a la información y demás derechos constitucionales aplicables.

Principio de seguridad

El principio de seguridad impone que, en la información contenida en los bancos de datos, así como aquella que resulte de las consultas que realicen los usuarios, se incorporen las medidas técnicas necesarias para garantizar la seguridad de los registros, con el fin de evitar su adulteración, pérdida, consulta o uso no autorizado.

Principio de confidencialidad

El principio de confidencialidad en la información consiste en que todas las personas naturales o jurídicas que intervengan en la administración de datos personales que no tengan carácter público, están obligadas en todo tiempo a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende la administración de datos, pudiendo sólo realizar el suministro o comunicación de datos cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas.

2. ¿Qué implicaciones tiene esta ley para el tratamiento de la información de cualquier ciudadano?

Teniendo en cuenta lo anterior tiene varias implicaciones tanto de naturaleza publica como privada dados los diferentes principios los cuales se describen anteriormente con los cuales se da una mejor conceptualización de las implicaciones y alcance de cada uno de estos brindando así respuesta para cada uno de estos principios dado el tratamiento de la información.

3. Haga una reflexión sobre sus responsabilidades en relación al habeas data en su papel como Administrador de Bases de datos.

Mi responsabilidad sería muy alta para crear bases de datos seguras además de brindar seguridad de la información proporcionada por los usuarios o clientes además de que estos datos sean utilizados de manera responsable teniendo en cuenta la ley de habeas Data además de mantener la base de datos actualizada para no tener inconvenientes en algún trámite o servicio que se esté requiriendo.

4. A nivel general, ¿cuál cree usted que debe ser su comportamiento en relación a sus responsabilidades en la administración de bases de datos?

Mi comportamiento debe ser serio desde el comienzo dada la seriedad de la información que estamos manejando acompañado adicionalmente de mucha honestidad y respeto por lo que se esta haciendo con la información ya que detrás de esos datos lo mínimo que esperan es que se de un comportamiento serio lo cual hay que respetar también.


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